En España –y en Europa en general- los consumidores tenemos derecho, o más bien, los comercios tienen la obligación en materia de publicidad a respetar dos líneas fundamentales:
1. La publicidad debe regirse por el principio de la veracidad
2. La publicidad vincula al anunciante y no ha de inducir a error.
Esto significa que aquellos que prestan servicios u ofrecen productos no han de engañar a los consumidores en aras de aumentar las ventas. No se puede prometer a un cliente que un servicio, ya sea directo o derivado del uso de un producto, va a generar un resultado irreal.